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Por medio del presente documento declaro que he sido debidamente informado por parte de INVERSORA PICHINCHA S.A. C.F.C., y que conozco, entiendo y acepto, que en el evento de incurrir en mora en el pago de mis obligaciones para con ese establecimiento de crédito y que la Entidad Avaladora no pague el Aval, se dará aviso inmediato de tal circunstancia a las personas naturales y/o jurídicas encargadas de efectuar la cobranza de la cartera de la Compañía (a la fecha de emisión de este documento INTERDINCO S.A.), con el propósito de que inicien gestiones de cobro y recuperación pertinentes, a través, entre otros, de los siguientes mecanismos:llamadas telefónicas, comunicaciones escritas y vía correo electrónico, y visitas.En ese sentido, por virtud de la gestión de cobranza prejudicial que se deba adelantar, se cobrarán las siguientes sumas de dinero a cargo del Cliente y a favor de las personas naturales y/o jurídicas que realicen la gestión respectiva:i) Sobre las cuotas de la operación de crédito que alcancen los dieciséis (16) días de mora, una suma equivalente al 3% del valor total en mora;ii) Sobre las cuotas de la operación de crédito que alcancen los treinta y un (31) días de mora, una suma equivalente al 4% del valor total en mora;iii) Sobre las cuotas de la operación decrédito que alcancen los cuarenta y seis (46) días de mora, una suma equivalente al 5% del valor total en mora;y iv) Sobre las cuotas de la operación decrédito que alcancen y superen los sesenta y un (61) días de mora, una suma equivalente al 10% del valor total en mora. Los anteriores valores se incrementarán de acuerdo con el IVA aplicable.
A partir del día ciento veinte (120) de mora, la respectiva obligación de crédito se remitirá para cobranza judicial, siendo así mismo de cargo del cliente los honorarios que se causen a favor del abogado encargado de la recuperación de la cartera, cuyo monto se regirá por las políticas que al efecto tenga establecidas para ese momento INVERSORA PICHINCHA S.A. C.F.C.
En todo caso INVERSORA PICHINCHA S.A. C.F.C. se reserva el derecho de remitir anticipadamente la obligación para su cobro por la vía judicial, cuando en su criterio existan circunstancias que lo ameriten, en cuyo caso el Cliente deberá pagar desde ese mismo momento los honorarios que genere dicha gestión.
Así mismo, INVERSORA PICHINCHA S.A. C.F.C. se reserva el derecho de continuar realizando gestión de cobro prejudicial de la cartera que alcance los ciento veinte (120) días de mora, en cuyo caso los honorarios que se generarán a cargo del cliente y a favor de las personas naturales y/o jurídicas encargadas de la gestión de cobranza (a la fecha de emisión de este documento DCOBROS LTDA., ASERFINC S.A., COBRANZAS ESPECIALES GERC, CORFINANZAS LTDA., CORFICALI LTDA., FINANCRÉDITOS LTDA), corresponderán al 15% del valor total en mora, incrementado en el IVA correspondiente.
Finalmente, se indica que las personas encargadas de realizar la gestión de cobranza de la cartera vencida y/o en mora de INVERSORA PICHINCHA S.A. C.F.C. se encuentran autorizadas para aceptar directamente acuerdos de pago con el Cliente. No obstante, cualquier pago que haga el Cliente en mora, incluidos los cargos y/o honorarios por gestión de cobranza, debe efectuarlo directamente en las Oficinas de INVERSORA PICHINCHA S.A. C.F.C..
En señal de conocimiento y aceptación, suscribo
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(* Si es persona jurídica indique Nombre y NIT
de la Sociedad- Así mismo, a continuación indique
los datos del Representante Legal)
Nombre Representante:
Cédula de Ciudadanía
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